La LGPD (Ley General de Protección de Datos de Brasil) sigue evolucionando y, en 2026, nuevas regulaciones de la ANPD exigen que empresas de todos los tamaños revisen sus programas de privacidad. En esta guía analizamos cada cambio y ofrecemos una hoja de ruta práctica para la adecuación.
Panorama regulatorio actual
Desde su promulgación en 2018, la LGPD se ha consolidado como el principal marco legal de protección de datos en Brasil. La ANPD (Autoridad Nacional de Protección de Datos de Brasil) ha publicado resoluciones complementarias que detallan obligaciones específicas para las empresas.
En 2026, el foco regulatorio se intensifica en tres pilares: transferencia internacional de datos, decisiones automatizadas por IA y evaluaciones de impacto obligatorias.
Principales cambios para 2026
1. EIPD obligatoria para el tratamiento de alto riesgo
Las empresas que tratan datos sensibles a gran escala o que utilizan decisiones automatizadas ahora están obligadas a elaborar y mantener actualizada la Evaluación de Impacto relativa a la Protección de Datos (EIPD), denominada RIPD en Brasil.
- Operaciones de tratamiento que involucran datos sensibles
- Elaboración de perfiles o scoring de interesados
- Observación sistemática de espacios públicos
- Tratamiento de datos de niños y adolescentes
- Uso de sistemas de IA para decisiones automatizadas
2. Gobernanza de la inteligencia artificial
La convergencia entre la LGPD y el marco regulatorio de la IA en Brasil exige que las empresas que utilizan algoritmos para el tratamiento de datos personales implementen mecanismos de transparencia y auditabilidad.
"La gobernanza de la IA ya no es un diferencial competitivo, es una exigencia regulatoria. Las empresas que no se adecuen antes del segundo semestre de 2026 estarán sujetas a sanciones agravadas."
Dra. Juliana Marchetti, consultora de la ANPD
3. Sanciones actualizadas
La ANPD ajustó los criterios de graduación de las sanciones, con especial atención a la reincidencia y a la ausencia de un programa de gobernanza:
| Tipo de infracción | Multa máxima | Novedad 2026 |
|---|---|---|
| Leve | R$ 50 millones | Publicación obligatoria de la infracción |
| Grave | 2% de la facturación | Suspensión parcial de la base de datos |
| Muy grave | 2% + suspensión total | Prohibición del tratamiento por hasta 1 año |
Cómo prepararse: hoja de ruta práctica
Adoptar un enfoque estructurado de gobernanza es el primer paso para la adecuación. Recomendamos la siguiente hoja de ruta:
- Diagnóstico: Realice un mapeo completo de las actividades de tratamiento de datos personales
- RAT: Actualice el Registro de Actividades de Tratamiento (RAT)
- EIPD: Elabore las evaluaciones de impacto para las operaciones de alto riesgo
- Políticas: Revise y actualice las políticas de privacidad y seguridad
- Capacitación: Capacite a los colaboradores sobre las nuevas obligaciones
- Tecnología: Implemente herramientas de gestión de privacidad y gobernanza
Preguntas frecuentes
Mi empresa es pequeña. ¿La LGPD se aplica a mí?
Sí. La LGPD se aplica a cualquier empresa que trate datos personales, independientemente de su tamaño. No obstante, la ANPD publicó resoluciones con reglas simplificadas para pequeñas empresas y startups.
¿Cuál es la diferencia entre el RAT y la EIPD?
El RAT (Registro de Actividades de Tratamiento) es un inventario de todas las actividades de tratamiento. La EIPD (Evaluación de Impacto relativa a la Protección de Datos), por su parte, es un análisis de riesgos en profundidad para operaciones específicas de alto riesgo.
¿Necesito designar un DPD?
Sí. Toda empresa que trata datos personales debe designar un Delegado de Protección de Datos (DPD). Es posible designar a un profesional interno o contratar un servicio de DPD externo (DPO as a Service).

